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Nace el primer diario de criminología en España. La criminalidad, vista desde una perspectiva única, profesional y para todos los públicos.
El dos de mayo nos ponemos en marcha
Se ha confirmado como fecha de arranque del diario criminológico-jurídico el dos de mayo. Si quieres puedes consultar la lista de colaboradores confirmados hasta la fecha aquí
El proyecto
Criminología y Justicia surge como proyecto desde las bases de la Sociedad Criminológica Balear, constituida recientemente. Ésta plantea como uno de los grandes objetivos hacer llegar la disciplina criminológica a todo tipo de público, tanto el académico como el no académico. Así, en una apuesta clara por la divulgación, se planteó en un primer término un modelo de revista que se publicaría periódicamente para ser distribuida entre los afiliados a la SCB.
sábado, 17 de diciembre de 2011
jueves, 5 de mayo de 2011
Nos hemos mudado
Esperemos que os acostumbréis pronto a nuestro nuevo hogar, que podéis encontrar en cualquierar de las siguientes direcciones:
http://crimyjust.com
http://es.cj-worldnews.com/
Hasta ahora
domingo, 1 de mayo de 2011
Goya fue testigo del horror
sábado, 30 de abril de 2011
¿Un sospechoso libre o un inocente entre rejas?
viernes, 29 de abril de 2011
Hacienda juzgó a Velázquez muerto
jueves, 28 de abril de 2011
Los juicios por brujería de Sálem
lunes, 25 de abril de 2011
¿Es legal contratar un vientre de alquiler?
• En la subrogación tradicional (o parcial), la madre de alquiler es inseminada artificialmente para gestar un bebé con su propio óvulo (lo que conlleva, lógicamente, la contribución genética de la madre biológica al feto);
• Mientras que en la subrogación gestacional (o plena), la madre de alquiler se limita a gestar el embarazo puesto que ha sido inseminada artificialmente en un óvulo que no es suyo (puede que sea de quienes la contratan o que provenga de una donación anónima); en este caso, la mujer sólo alquilaría su útero. En 2008, esta modalidad se hizo popular porque el cantante Ricky Martin anunció que sus hijos gemelos nacieron vía método de subrogación gestacional.
• Es ilegal, como en España, Francia, Portugal, China, Japón o Italia.
• Legal, siempre que el contrato sea altruista: Canadá, México DF, Brasil, Bélgica, Reino Unido, Grecia, Australia u Holanda; y
• Legal (con o sin precio): Israel, India, Irán, Rumanía, Ucrania, Rusia, Nueva Zelanda, Sudáfrica y en parte de los Estados Unidos.
miércoles, 20 de abril de 2011
La prevención situacional de los delitos
lunes, 18 de abril de 2011
El intercambio de información sobre perfiles de ADN
domingo, 17 de abril de 2011
Lincoln y Kennedy: 2 magnicidios y 100 años de azar
sábado, 16 de abril de 2011
El maltrato a las personas mayores
viernes, 15 de abril de 2011
El acoso inmobiliario o blockbusting
martes, 12 de abril de 2011
Las plusmarcas del crimen (II)
domingo, 10 de abril de 2011
Las plusmarcas del crimen (I)
sábado, 9 de abril de 2011
¿Cuál fue el primer crimen mediático?
jueves, 7 de abril de 2011
Mabo y el título nativo
miércoles, 6 de abril de 2011
La silla eléctrica la inventó un dentista
lunes, 4 de abril de 2011
El alma de Dorian Gray
domingo, 3 de abril de 2011
Democracia ¿militante o indiferente?
viernes, 1 de abril de 2011
Incorporación de nuevos miembros
Empezando por Javier Campo González (profiler) y Juan Enrique Soto (inspector jefe del CNP y jefe de la sección de análisis de conducta del CNP) quienes se encargarán de la sección de perfiles criminales, y que no podía faltar.
Varios profesores procedentes de distintas universidades españolas pasan a engrosar el equipo: Carlos Vázquez, Profesor de Derecho Penal y Criminología en la UNED,Rodolfo Gordillo, Profesor de Psicología y Criminología en la UDIMA (Universidad a Distancia de Madrid) y José Luis Alba Robles, que pertenece a la Universidad de Zaragoza y que se formará parte del comité de evaluación.
También pasa a formar parte de nuestro grupo Daniel Sansó- Rubert, Criminólogo; Diplomado en Altos Estudios de la Defensa Nacional por el Estado Mayor de la Defensa y el Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional (CESEDEN); Diplomado en Estudios de la Defensa Nacional por la Universidad de Santiago de Compostela y el CESEDEN y Licenciado en Derecho. Desde 1999, desempeña actividades académicas y docentes dentro del Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional (CESEDEN), del que actualmente ostenta el cargo de Secretario.
Para finalizar, se ha confirmado la participación de Hugo Morales, Profesor especializado en trabajo social en la Universidad Pontífica de Perú, y el GESEC, Organización No gubernamental de derechos humanos que promueve y promociona el derecho a la educación y el acceso a la cultura de las personas alojadas en ámbitos de encierro en el marco de los Derechos Humanos, bregando por una educación de calidad y acceso para todos/as, analizando el contexto de encierro desde un abordaje transdisciplinario, y que inició sus actividades en La Plata en 2002.
En los próximos días confirmaremos nuevos colaboradores y hablaremos de alguna de las secciones preparadas.
Podéis consultar la lista completa de colaboradores aquí
miércoles, 30 de marzo de 2011
¿Qué es la política criminal?
martes, 29 de marzo de 2011
La masacre de Carandirú
lunes, 28 de marzo de 2011
¿Existe una definición legal de terrorismo?
jueves, 24 de marzo de 2011
Quemarropa vs bocajarro
El matiz que diferencia ambas expresiones radica en si el cañón del arma de fuego está en contacto con la superficie donde se impacta (bocajarro) o no (quemarropa). En un homicidio, si la pistola estuviera tocando la piel de la víctima, produciría una herida estrellada (similar a la boca de un jarro) que desgarraría la piel de forma irregular, ennegreciéndola; en cambio, si el cañón del arma estuviera separado (hasta 30 cm) la herida sería ovalada o circular y produciría una quemadura por la llama de la deflagración (tatuaje). Si nos alejamos de esos 30 cm, hablaríamos de un disparo a corta distancia y, más allá de un metro, a larga distancia.
martes, 22 de marzo de 2011
La teoría de las ventanas rotas
lunes, 21 de marzo de 2011
Bosnia y Herzegovina: la Constitución que discrimina
Tanto Sejdić como Finci consideraron que se les estaba discriminando por motivos étnicos y, en 2006, decidieron recurrir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos basándose en los artículos 3 (prohibición de tratos inhumanos y degradantes), 13 (derecho a un recurso efectivo) y 14 (prohibición de discriminación) del Convenio Europeo de Derechos Humanos; tres años y medio más tarde, el 22 de diciembre de 2009, la mayoría de los magistrados de la Gran Sala del TEDH les dio la razón.
La jurisprudencia del Tribunal de Estrasburgo ya había declarado que, hoy en día, en una sociedad democrática contemporánea basada en los principios de pluralismo y respeto de las distintas culturas, no se puede justificar objetivamente que se establezca una diferencia de trato basada, en exclusiva, en el origen étnico de una persona. Aunque el TEDH reconoció que la Constitución de Bosnia y Herzegovina se adoptó tras el Acuerdo de Paz de Dayton, que puso fin a la guerra (1992-1995) aceptando un frágil alto el fuego; también consideró que la situación había cambiado desde entonces, concluyendo -por 14 votos contra 3- que la no elegibilidad de los demandantes carecía de una justificación objetiva y razonable. No conozco ningún otro caso -y menos, tan reciente- en el que un Tribunal Internacional haya declarado que la Constitución de un país era discriminatoria. Ahora, la pregunta es bien sencilla: ¿se modificará la Carta Magna de Bosnia?
jueves, 17 de marzo de 2011
La metáfora de los niños y la justicia
Los tres argumentos son válidos y contraponen distintas formas de fundamentar la justicia: la primera niña por su enfoque utilitario (al fin y al cabo, ella es la única que puede darle al instrumento el uso para el que se construyó; los demás, ni siquiera saben música); el niño, en cambio, apuesta por la igualdad (no tiene nada y con la flauta ya tendría algo) y, por último, Carla basa sus razones en la libertad, porque fue ella la artesana que decidió convertir un simple trozo de madera en un instrumento musical; es decir, nos encontramos con tres planteamientos:
El utilitarismo (representado por Anna) es pragmático (práctico), hedonista (busca el placer del mayor número de personas) y teleológico (su fin es que los resultados sean buenos); pero este criterio también ofrece dos importantes lagunas: en primer lugar, es poco objetivo, porque ¿quién decide lo que es bueno y para quién? Y, en segundo lugar, su aplicación supondría una contradictoria forma de plantearse la justicia: cuando Robin Hood robaba a los ricos para dárselo a los pobres necesitados; su fin era bueno, práctico y había más beneficiados que perjudicados, luego la acción del famoso salteador de Sherwood habría sido justa –según la teoría utilitarista– y esta clase de robos tendrían que ser considerados buenos; lo cual no es cierto.
Según el igualitarismo del niño (Bob), todos los seres humanos somos iguales por naturaleza, con independencia de nuestra raza, sexo, creencia, opinión, lugar de nacimiento u otras circunstancias personales; lo cual no impide que –en ciertas ocasiones– alguien reciba más recursos que los demás. Es la llamada discriminación positiva; por ejemplo, cuando se reservan plazas para discapacitados en una oposición o si, al conceder una subvención para instalar internet en la vivienda habitual, las Administraciones priman a quienes residen en pueblos frente a los habitantes de las ciudades. Las críticas a este argumento se centran en que tanta igualdad cohíbe la libertad de las personas, al tratarlas como parte de un colectivo, y evita que algunos miembros de la sociedad destaquen por sus habilidades o talentos. Con esta opinión en contra, la pregunta sería: ¿Para qué le vamos a dar la flauta a Bob si no sabe tocarla ni tampoco la ha fabricado él?
Finalmente, el libertarismo del personaje de Carla, defiende el derecho absoluto de propiedad sobre nuestras posesiones (en este caso, ella fue quien hizo la flauta) y, por lo tanto, lo justo es que también se beneficie de su uso. Sus detractores acusan a esta teoría de defender un concepto ilimitado del derecho a la propiedad, su excesiva autonomía del individuo frente al Estado (el bienestar de cada uno depende sólo de si mismo) y que consideren a la libertad como el valor más importante frente a la igualdad.
¿Es mejor un fundamento de la justicia que otro? La moraleja de la historia de Sen es que resulta difícil conciliar estas tres posturas; por ese motivo, el autor indio insiste en que lo importante es reconocer que la justicia obedece a una pluralidad de razones, que debemos compararlas para tratar de mediar y que las decisiones que se tomen se basen en el acuerdo. Casi nada.
Por cierto, no sé si habrás elegido a Bob –que, como parece el patito feo de la historia, suele concitar la simpatía de la mayor parte de la gente– pero lo importante es que tu decisión no se haya basado tan sólo en tus afinidades personales sino en lo que consideres que sería más justo. A la hora de tomar una decisión, acuérdate de lo que decía Víctor Hugo: es fácil ser bueno; lo difícil es ser justo.
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